Publicado el 3 de abril de 2022. Por el equipo de SUNIX Capital.
Los impuestos por criptomonedas en Chile se pagan sobre la ganancia que obtienes al enajenarlas, es decir, cuando las vendes, las cambias por otra moneda o las usas para pagar algo. Comprar y mantener no gatilla impuesto. La ganancia se suma a tus otras rentas del año, así que el monto final depende de tu situación completa.
Aquí vas a entender qué operaciones cuentan, cómo se calcula la ganancia y qué conviene verificar con el Servicio de Impuestos Internos (SII) o con un contador.
Sí. En Chile, y en la mayoría de los países, toda ganancia que aumenta tu patrimonio debe declararse, sin importar de dónde viene.
Nicolás Palacios, fundador de SUNIX, lo explica partiendo por la lógica general: si compras un departamento y lo vendes más caro, la diferencia aumenta tu patrimonio y sobre esa diferencia pagas impuesto. Con las criptomonedas pasa lo mismo. Que un mercado no esté regulado no significa que las ganancias estén exentas.
Hay una confusión frecuente: pensar que si el SII no ve la operación, no hay que declararla. Nicolás es tajante en su canal. Que algo no se fiscalice no quiere decir que no debas pagar. Aunque hayas operado en un exchange extranjero o descentralizado y nadie sepa de tu transacción, declararla es tu responsabilidad. Y aunque contrates abogados y contadores, el responsable final sigues siendo tú.
Se pagan cuando hay una enajenación con ganancia: el momento en que una criptomoneda deja de ser tuya a cambio de otra cosa y la vendes por más de lo que te costó.
Enajenar es el concepto que ordena todo. Nicolás lo pone en simple: si compras bitcoin y lo guardas uno, cien o mil días sin venderlo, no hay nada que declarar por ese bitcoin. El impuesto aparece cuando ese bitcoin, o una parte, deja de ser bitcoin y pasa a ser pesos, dólares, otra criptomoneda o un producto.
Operación | ¿Hay enajenación? |
|---|---|
Comprar criptomonedas con pesos | No |
Mantenerlas en el tiempo | No |
Moverlas entre tus propias billeteras o cuentas | No |
Venderlas por pesos o dólares | Sí |
Cambiar una criptomoneda por otra | Sí, en general |
Pasarlas a una moneda estable (stablecoin) | Sí, en general |
Pagar un bien o servicio con criptomonedas | Sí |
Recibir recompensas de staking, airdrops o minería | Zona gris: verifica tu caso |
El punto que más sorprende es el cambio entre criptomonedas. Mucha gente cree que mientras no toque pesos no pasa nada. Pero cambiar bitcoin por ether es enajenar bitcoin, y si ese bitcoin había subido, hay una ganancia que declarar aunque nunca hayas visto un peso.
La ganancia, que en términos tributarios se llama mayor valor, es el precio de venta menos el costo de adquisición de lo que vendiste, con ese costo reajustado según las reglas vigentes.
Nicolás explica que el costo de adquisición se reajusta por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), y destaca que eso juega a tu favor: al subir el costo por la inflación, la diferencia con el precio de venta se achica. Si ese reajuste aplica a tu caso y cómo se calcula es justo lo que conviene confirmar con el SII o con un contador.
Ejemplo: en enero compras 0,02 BTC por 800.000 pesos. En noviembre vendes la mitad, 0,01 BTC, por 700.000 pesos.
Esos 280.000 pesos son la ganancia que se suma a tus otras rentas del año. El otro 0,01 BTC que no vendiste no genera nada todavía.
Otro caso: tienes ether que te costó 300.000 pesos y hoy vale 500.000. Lo cambias por otra criptomoneda. Hubo enajenación y un mayor valor de 200.000 pesos, aunque todo siguió dentro del mundo cripto.
Si compraste la misma moneda varias veces a precios distintos, necesitas un criterio para saber qué unidad vendiste. Uno común es FIFO (first in, first out): lo primero que compraste es lo primero que vendes. Qué método corresponde en tu caso depende de tu situación tributaria. Lo que no depende de nada es esto: sin registros de cada compra, no puedes calcular bien.
Depende de tus ingresos totales del año, porque para una persona natural la ganancia se suma a sus otras rentas y tributa en el Impuesto Global Complementario, que es progresivo.
Progresivo significa que la tasa sube a medida que sube tu renta anual. Por eso no hay un porcentaje único para las criptomonedas. Nicolás lo ilustra comparando dos personas con la misma ganancia en una venta: la que no tuvo otros ingresos ese año puede quedar en un tramo bajo, mientras que la que ya tenía un sueldo alto paga una proporción mayor sobre esa misma ganancia. Él lo llama el problema feliz: pagas más porque ganaste más.
Las tasas y los tramos del Global Complementario se actualizan y conviene revisarlos directamente en el sitio del SII para el año que estás declarando. La ganancia de un año se declara en la declaración anual de renta del año siguiente; revisa los plazos en el SII.
Son las zonas más grises, y conviene tratarlas con cautela y asesoría.
En los tres casos, la recomendación es la misma: guarda el registro de cuándo recibiste cada unidad y a qué precio, y consulta antes de declarar.
Sí, planificando cuándo enajenas, no escondiendo lo que ganaste. Evadir es ilegal. Ordenar tus operaciones para no gatillar ganancias innecesarias es otra cosa.
Nicolás describe tres ideas que usa o ha explicado:
Ojo con lo que esto significa: diferir no es eliminar. El día que vendas, vas a declarar sobre toda la diferencia acumulada.
Para no llegar a la declaración a ciegas, ordénate así:
Se conecta con el orden. Tener el control de tu capital también significa saber qué tienes, qué ganaste, qué perdiste y qué te toca declarar. Sin registros, cualquier inversión se vuelve un problema al momento de declarar.
En SUNIX Capital, el servicio de copy trading de SUNIX, el capital queda en una cuenta a nombre del inversionista, en su bróker. SUNIX no recibe ni custodia ese dinero, y el inversionista puede retirarlo o desconectar la replicación cuando quiera. Que la cuenta esté a tu nombre también implica que los resultados, buenos o malos, son tuyos, igual que la responsabilidad de declararlos.
Si quieres tomar el control de tu capital, conoce SUNIX Capital en sunix.io.
Por la compra y la tenencia, en general no hay ganancia que declarar. El impuesto aparece cuando enajenas con ganancia.
En general sí, porque es una enajenación. Si el bitcoin subió desde que lo compraste, hay un mayor valor que declarar.
No, si ambas cuentas son tuyas. Mover tus propias monedas no es enajenarlas.
Una venta con pérdida no genera mayor valor. Cómo se registra y si puede compensar otras ganancias depende de tu caso, así que consúltalo con un contador.
En el sitio del SII, en la tabla del Impuesto Global Complementario del año que estás declarando, o con un contador.
Este contenido es informativo y educativo. No constituye asesoría financiera personalizada ni recomendación individualizada de inversión. Operar instrumentos apalancados implica un riesgo elevado de pérdidas, incluida la pérdida total del capital invertido. Rentabilidades pasadas no garantizan resultados futuros.
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En Chile las criptomonedas pagan impuestos cuando se enajenan, no cuando se compran. Qué operaciones gatillan el impuesto, cómo se calcula la ganancia y qué conviene revisar con un contador.
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